Testamento de Luis Villanueva

(12 de noviembre de 1730)

Transcripción realizada por Guillermo Villanueva Ara

 

Nota: Se ha tratado de respetar en la medida de lo posible la ortografía, abreviaturas y forma de escritura del original manuscrito, utilizando para la mejor interpretación de algunas palabras la grafía actual.

       

En el Nombre de Dios Nuestro Señor y de la Virgen Santa Maria Señora Nuestra amen. Sépase por esta carta como yo el Maestre de Campo don Luiz de Villanueba vecino de esta ciudad de Mendoza, natural de la Villa de San Lorenzo de la Parilla, en el Obispado de Quenca, hijo lexitimo de don Francisco de Villanueba y de doña María Serrano, vezinos de dicha Villa = 

Estando enfermo de la enfermedad que Dios me a dado en mi entero juycio y memoria natural, creyendo como firme y verdaderamente creo, en el mysterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres Personas distintas y un solo Dios verdadero, y en todo lo demás que tiene y confiesa nuestra Santa Madre Iglecia Catholica Romana, en cuya Fe he vibido y protesto vivir y morir. Y temiéndome de la muerte que es cosa natural, y deceando salvar mi alma: otorgo por la presente mi poder cumplido como se requiere y es en derecho necesario, en primer lugar a doña Thomaza Corbalan mi lexitima mujer, y en segundo lugar al Maestre de Campo don Juan Corbalan, para que en mi nombre hagan y ordenen mi testamento, y mi ultima voluntad, haziendo las mandas y  legados que les pareciere, con tal que no se entienda para señalar entierro, albaceas, erederos, porque solo eso reservo en mí, y desde luego mando que mi cuerpo fallecido sea sepultado en la Iglecia de este Colegio de la Compañía de Jesús, y nombro por mis albaceas testamentarios a los susodichos a los cuales, y a cada uno insolidum doy poder para que cumplan y executen el testamento que en virtud de este Poder se hiziere con el término por derecho dispuesto o mas que fuere necesario; y cumplido y pagado mi testamento en el remanente de mis bienes, derechos y acciones, nombro y señalo por mis erederos a mis hijos lexitimos, y de la susodicha mi lexitima mujer para los ayan igualmente y desde aora para cuando tenga efecto lo que dichos apoderados ordenaren, apruebo, ratifico y quiero se guarde y cumplan dentro del término y de otro mas largo como si yo lo otorgara, o aqui fuera expresado su tenor en forma que para ello y lo incidente y dependiente les doy poder con general administracion, y fecho desde luego revoco y anulo otros cualesquier testamentos, mandas y codicilos que antes de aora aya fecho, por escrito o de palabra o de otra forma para que no valgan, ni agan fee, y quiero que solo lo que en virtud de este Poder se otorgare valga por testamento o por mi codicilo, en la forma que mejor aya lugar en testimonio de todo lo qual otorgo el presente ante el Maestre de Campo don Angelo Francisco de Mayorga, Alcalde ordinario de primer voto de esta dicha ciudad de Mendoza, por su Majestad que Dios guarde.

Eyo dicho fue que presenté a su otorgamiento doy fe conozco al otorgante que así lo otorgó estando al parecer en su sano y entero acuerdo, y no lo firmó porque dijo no darle lugar la gravedad del achaque y lo firmó a su ruego el Capitan don Domingo de Moyano en esta dicha ciudad de Mendoza en doce dias del mes de noviembre de mil setecientos y treinta años Conmigo y testigos a falta de escribano publico ni real y en este papel común por la del sellado, de que doy fee=   enmendado n=os=e=e=f=Vale=

 

A ruego y por testigo del otorgante=

Domingo Moyano

Pasó ante mi

Angelo Francisco de Mayorga

 

Ho. Lazaro de Varona…              Ho. Pedro Pacheco

 

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